Si llevas un rato buscando información acerca de la residencia legal en España, te aconsejo que te quedes hasta el final de este post de Extrangt en el que te explicaré detalladamente todo lo que debes saber al respecto.

En el complejo mundo de la legislación de extranjería en España, obtener la residencia legal es un paso crucial para aquellos que desean establecerse en el país. Por ello, es importante entender muy bien el proceso, desde el primer paso hasta el último.

Residencia Legal en España: Un Proceso Detallado

A continuación te explico todo lo que debes saber sobre la residencia legal en España.

Requisitos y Tipos de Visados

Para iniciar el camino hacia la residencia legal en España, es esencial comprender los requisitos y tipos de visados disponibles. Desde visados de trabajo hasta visados de estudios, cada categoría tiene sus propios requisitos específicos que deben cumplirse para obtener la aprobación.

Proceso de Solicitud y Documentación Necesaria

Como abogada de Extranjería, te guiaré a través del proceso de solicitud y los documentos necesarios. Desde la recopilación de pruebas hasta la presentación adecuada de la documentación, cada paso es crucial para asegurar una solicitud exitosa.

Renovación de Residencia y Permisos Especiales

La residencia legal en España puede requerir renovación periódica. Como abogada de Extranjería, te asesoraré sobre los plazos de renovación y los permisos especiales disponibles para ciertas situaciones, asegurando una estancia legal continua en el país.

Recursos Legales en Caso de Denegación

En situaciones desafiantes, como la denegación de una solicitud de residencia, contar con una abogada de Extranjería puede marcar la diferencia. Te explicaré los recursos legales disponibles y cómo proceder en caso de enfrentar una denegación.

Abogada de Extranjería

En este apartado te voy a dar algunas razones por las que debes contar con una abogada de Extranjería en procesos tan complejos como el que hemos tratado en este post.

¿Por Qué Elegir a un Abogado para Trámites de Extranjería?

La complejidad de las leyes hace imperativo contar con un abogado para trámites de Extranjería. Un abogado te puede facilitar los trámites, asegurar el cumplimiento legal y proporcionar tranquilidad en todo el proceso.

Especialistas en Nacionalidad Española

Los abogados especialistas en Nacionalidad Española te ayudarán a comprender los pasos necesarios y las pruebas requeridas para dicho trámite.

Abogados de Extranjería Cerca de Ti

Es normal que busques abogados cerca de ti. No obstante, la tecnología hoy en día nos permite conectarnos desde cualquier parte del mundo. Yo, como abogada de Extranjería, ofrezco mis servicios desde España a cualquier parte del mundo.

¡Contáctame para Asesoramiento Personalizado!

Si necesitas asesoría con trámites de Extranjería, no dudes en contactar conmigo ¡Estaré encantada de ayudarte!

Puedes visitar la sección «Contacto Abogada» en mi sitio web www.extrangt.com y completar el formulario. Responderé en el menor tiempo posible.

Además, puedes llamarme directamente al número +34 613 088 214 si prefieres una comunicación más inmediata. Para consultas detalladas, también puedes enviarme un correo electrónico a gema@extrangt.com

Te invito a seguirme en mis redes sociales para mantenerte informado sobre todas las novedades relacionadas con Extranjería y para que puedas conocerme un poco más y veas como trabajo codo con codo con mis clientes para que obtengan una resolución favorable.

¡Espero poder ayudarte en tu proceso para que puedas comenzar una nueva y feliz vida en España!

Nos vemos en el próximo post con más información sobre Extranjería.

Por cierto, si te ha gustado este post, no olvides compartir este artículo con otras personas que les pueda interesar. Con ese pequeño gesto puedes ayudarles a ellos, pero también a mí, ya que de esa manera entiendo que quieres que siga compartiendo contenido de este tipo.

Ahora si que si, hasta pronto.

La renovación de los permisos de residencia y trabajo es un proceso fundamental para los extranjeros que desean seguir viviendo y trabajando legalmente en un país.

En este post de Extrangt, nos centraremos en la renovación de estos permisos en España, donde existen requisitos específicos que deben cumplirse. En este artículo, te proporcionaré información muy valiosa y consejos específicos para asegurar una renovación exitosa de tus permisos de residencia y trabajo en España.

¿Preparado? ¡Allá vamos!

Renovación de permisos de residencia y trabajo

En este artículo, te proporcionaré información muy valiosa y consejos específicos para asegurar una renovación exitosa de tus permisos de residencia y trabajo en España.

¿Preparado? ¡Allá vamos!

Conoce las fechas y plazos

Es esencial estar al tanto de las fechas y plazos establecidos para la renovación de los permisos de residencia y trabajo. Debes comenzar los trámites con suficiente antelación antes de que expire tu permiso actual. Esto te permitirá evitar situaciones de estrés y posibles problemas legales ¡Así que muy atento!

La documentación correcta es importante

Asegúrate de recopilar todos los documentos necesarios para la renovación. Estos pueden incluir tu pasaporte válido, formulario de solicitud de renovación, justificante de pago de tasas, entre otros. Verifica la lista de documentos específicos requeridos por las autoridades de inmigración para garantizar una solicitud completa. Si no sabes que documentos necesitas, yo, como abogada de Extranjería, puedo ayudarte.

Mantén tus registros actualizados

Durante tu estancia en España, es importante mantener todos tus registros actualizados. Esto incluye cambios de domicilio, empleo u otros datos personales relevantes. Mantener estos registros actualizados facilitará el proceso de renovación y evitará retrasos innecesarios ¡Créeme, es muy importante!

Cumple con las condiciones de renovación

Al solicitar la renovación, debes asegurarte de cumplir con las condiciones establecidas para el tipo de permiso que tienes. Estas condiciones pueden incluir un requisito de tiempo mínimo de residencia en el país, continuidad de empleo o actividad empresarial, cumplimiento de obligaciones fiscales, entre otros.

Asesoramiento legal

Contar con el asesoramiento de un abogado especializado en Extranjería puede ser de gran ayuda durante el proceso de renovación. Un abogado experto te guiará en los pasos a seguir, te informará sobre los requisitos y te ayudará a preparar una solicitud sólida y completa. Además, te brindará apoyo en caso de que surjan problemas o dificultades durante el proceso. Yo como abogada de Extranjería puedo acompañarte en este proceso, no dudes en contactar conmigo para más información.

Planificación financiera

Es importante tener en cuenta los precios asociados con la renovación de los permisos de residencia y trabajo, como las tasas de solicitud y los honorarios legales. Planifica tus finanzas con antelación para asegurarte de poder cumplir con los pagos requeridos.

Mantén una buena conducta

Mantener una buena conducta y cumplir con las leyes y regulaciones durante tu estancia en España es muy importante si deseas seguir viviendo en dicho país. Cualquier comportamiento delictivo o violación de las leyes puede tener un impacto negativo en el proceso de renovación de tus permisos.

En  definitiva, la renovación de los permisos de residencia y trabajo en España requiere una planificación cuidadosa, documentación completa y cumplimiento de las condiciones establecidas. Siguiendo los pasos mencionados anteriormente y buscando el asesoramiento legal adecuado, podrás enfrentar el proceso de renovación con confianza y tranquilidad.

Abogada de Extranjería

Si necesitas renovar tus permisos de residencia y trabajo, como abogada de Extranjería estoy aquí para brindarte el apoyo legal que necesitas.

Puedes agendar una cita de manera sencilla a través de mi página web en el apartado «Contacto abogada». Completa el formulario y te responderé lo antes posible para conocer tu caso. Si prefieres una comunicación más directa, también puedes contactarme por teléfono al número +34 613 088 214. Además, si tienes alguna pregunta o consulta específica, no dudes en escribirme un correo electrónico a gema@extrangt.com.

Y por supuesto, no olvides seguirme en mis redes sociales donde podrás conocer un poco más tanto a mi como a mi trabajo.

¡Hasta el siguiente post!

¿Se puede solicitar el arraigo laboral para autónomos? Esta es una pregunta muy frecuente, ya que el arraigo laboral es un trámite que permite a los trabajadores extranjeros obtener la residencia legal en España después de haber vivido y trabajado en el país por un período de tiempo determinado, pero ¿a los autónomos también?

En este post de Extrangt, vamos a explicarte todo lo que necesitas conocer sobre el arraigo laboral para autónomos. Por lo que si eres autónomo y estás interesado en solicitar el arraigo laboral en España, sigue leyendo para obtener más información ¡Allá vamos!

Arraigo laboral para autónomos 

En primer lugar, me gustaría definir qué es el arraigo laboral para que aquellas personas que se encuentren leyendo esto y no lo sepan, puedan saber a qué se refiere y una vez definido dicho concepto, desarrollaré en profundidad el tema a tratar en este post: Arraigo laboral para autónomos.

El arraigo laboral es un trámite encuadrado dentro de las Autorizaciones de Residencia temporales por circunstancias excepcionales, que permite a algunos extranjeros obtener la residencia legal en España después de haber vivido y trabajado en dicho país durante un período de tiempo determinado. No obstante, hay muchas personas que se hacen la siguiente pregunta ¿Qué pasa con los autónomos? ¿Tienen la posibilidad de solicitar el arraigo laboral también?

La respuesta a esta cuestión es un sí rotundo. Hasta hace unos meses era una cuestión no determinada claramente. Esto ha cambiado con el pronunciamiento del Tribunal Supremo al respecto. Es una realidad que los autónomos también pueden solicitar el arraigo laboral en España si cumplen con ciertos requisitos (igual que pasa con la mayoría de estos procesos).

Para ello, resulta fundamental que se pueda demostrar que se ha mantenido relaciones laborales de forma autónoma (por cuenta propia) en España de manera continuada durante un período mínimo de seis meses, así como haber permanecido en España un periodo de al menos dos años, también de forma continuada, demostrando, además, haber obtenido unos ingresos suficientes para mantenerse y cubrir los gastos originados. 

Entre el resto de requisitos se encuentra: carecer de antecedentes penales, no tener prohibida la entrada en España, no encontrarse dentro del plazo de compromiso de no retorno a España, no ser ser ciudadano ni familiar de un Estado de la Unión Europea. 

Si la persona interesada cumple con todos los requisitos expuestos, entonces puede solicitar el arraigo laboral como autónomo y obtener la residencia legal en España.

No obstante, te recomiendo que pongas tu caso en manos de un profesional especializado en extranjería para que te asesore y te guíe a través de todo el proceso, ya que este puede resultar algo engorroso.

Abogada de Extranjería  

¿Necesitas ayuda para tramitar el arraigo laboral como autónomo? ¡No busques más! Yo como abogada de Extranjería puedo ayudarte. Cuento con años de experiencia en todos los aspectos de inmigración y puedo proporcionar el asesoramiento y la representación legal que necesitas.

Además, no importa donde te encuentres, trabajo tanto de forma física en la provincia de Huelva como vía online, es decir, si te encuentras en otra parte del mundo puedo atenderte sin problemas.

Como bien he dicho, llevo varios años ayudando a personas que desean vivir en España y comprendo perfectamente lo estresante que puede ser el proceso, sobre todo si estás en un país extranjero. Por ello, como abogada de Extranjería, trabajo muy duro para asegurarme de que tus necesidades legales sean satisfechas y de que puedas estar tranquilo y seguro en España.

Si necesitas ayuda con cualquier trámite de inmigración, no dudes en agendar una cita conmigo hoy mismo. ¡Estaré aquí para ayudarte en cada paso del camino!

Por cierto, si estás buscando contenido fresco, interesante y entretenido sobre Extranjería, te recomiendo que me sigas en Instagram. En mi perfil encontrarás contenido relevante que te ayudará a estar al día sobre Extranjería.

¡Hasta el próximo post!

Si eres un padre o una madre extranjero/a de un hijo español menor de edad y deseas vivir en España, puedes solicitar la residencia para padres de hijo español en virtud de lo dispuesto en la Ley Orgánica 4/2000, del 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social.

Si deseas saber más sobre este tema, te invito a que te quedes hasta el final de este artículo de Extrangt en el que te cuento todo lo que necesitas saber al respecto ¡Comenzamos!

Residencia para padres de hijo español

Para obtener la residencia para padres de hijo español, los progenitores extranjeros deben cumplir con ciertos requisitos, como por ejemplo, demostrar la filiación con el hijo español, tener un seguro médico que cubra sus necesidades sanitarias durante su estancia en España e incluso pueden pedir que demuestren la inexistencia de antecedentes penales en su país de origen y por supuesto, en España.

No obstante, a continuación voy a explicarte detenidamente todos los requisitos que hacen falta cumplir de forma detallada:

No tener antecedentes penales

Como bien comentaba en el apartado anterior, es importante que para obtener la residencia como padre de hijo español, dicho padre no tenga antecedentes penales y/o policiales.

No obstante, en la propia instrucción publicada se establece que no podrá denegarse de manera automática  las autorizaciones de aquellos solicitantes con antecedentes penales, salvo que se considere que existe una amenaza consistente y suficientemente grave para el orden público y seguridad pública.

Demostrar el vínculo familiar

Uno de los requisitos para obtener la residencia para padres de hijo español es demostrar el vínculo familiar con el hijo menor de edad.

Para ello, es necesario aportar el certificado de nacimiento del menor expedido por el Registro Civil español, en el que se puede contemplar la nacionalidad del hijo y la relación paternofilial.

Convivir con el hijo menor de edad

Otro de los requisitos para obtener la residencia para padres de hijo español es que que exista una convivencia demostrable del padre o la madre con el hijo español.

Es obligatorio que ambos vivan en el mismo domicilio y formen parte de la misma unidad familiar. Si no se da dicha situación, no se concederá este permiso para padre. La única solución viable es que contactes con un abogado de Extranjería y te ayude a tramitar el Arraigo Familiar.

Una vez que los padres cumplan con los requisitos mencionados, podrán solicitar la residencia en la Oficina de Extranjería correspondiente a su lugar de residencia en España o en la Embajada o Consulado de España en su país de origen. Me gustaría destacar que la resolución de la solicitud puede tardar varios meses.

Por otro lado, me gustaría dejar claro que aunque un padre extranjero obtenga dicha residencia, no otorga el derecho a trabajar en España. Si desea trabajar, debe solicitar un permiso de trabajo por separado.

¿Cuánto dura el permiso de Residencia para padres de hijo español?

La duración de la residencia para padres de hijo español tiene una duración de 5 años.

Abogada de Extranjería

Como has podido ver, la residencia para padres de hijo español es una muy buena opción para poder residir en España durante un periodo considerable de tiempo.

Si necesitas que te ayude con dicho permiso o con otro trámite relacionado con Extranjería, no dudes en ponerte en contacto conmigo.

Puedes hacerlo a través de mi página web en el apartado «Contacto abogada», por teléfono al +34 613 088 214 o mediante el siguiente correo electrónico: gema@extrangt.com

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Si has llegado a este post es porque estás interesado en saber como funciona el empadronamiento en España para Extranjeros, así que ponte cómodo porque voy a  explicarte todo lo que debes saber para que puedas llevar a cabo este procedimiento.

Empadronamiento en España para extranjeros

En este artículo de Extrangt encontrarás las respuestas a todas las dudas que tienes sobre el empadronamiento en España para extranjeros ¡Allá vamos!

¿Qué es el empadronamiento?

Como siempre os cuento en mis posts, me gusta empezar por el principio. Por lo que en esta ocasión, no iba a ser menos. Me gustaría comenzar explicando qué es el empdronamiento.

Empadronarse significa inscribirse en un registro municipal. Este registro se llama Padrón Municipal.

El Padrón municipal es el registro administrativo donde constan los vecinos del municipio. Toda persona que viva en España está obligada a inscribirse en el Padrón del municipio en el que resida habitualmente y quien viva en varios municipios deberá inscribirse únicamente en el que habite durante más tiempo al año.

Las certificaciones que de dichos datos se expidan tendrán carácter de documento público y fehaciente para todos los efectos administrativos.

En este registro, llamado Padrón municipal quedan recogidos los siguientes datos:

– Nombre y apellidos

– Sexo

– Domicilio habitual

– Nacionalidad

– Lugar y fecha de nacimiento

– Número de documento nacional de identidad o, tratándose de extranjeros, del documento que lo sustituya (NIE)

– Certificado o título escolar/académico

– Otros datos que puedan ser necesarios para la elaboración del Censo Electoral

¿Cómo empadronarse en España?

En España existe un gran número de Ayuntamientos, por lo que cada uno de ellos puede determinar diferentes vías para llevar a cabo dicho trámite, como por ejemplo, la presencial, online o por teléfono. Por otro lado, también pueden exigir una documentación especifica para poder ejercer dicha inscripción.

En este caso, te recomiendo contar con la ayuda de un profesional para que no tengas problemas a la hora de presentar toda la documentación. Yo como abogada de Extranjería puedo ayudarte.

¿Cuándo debe empadronarse una persona extranjera en España?

Mi consejo es que una persona extranjera que desea residir en España debe empadronarse lo antes posible para evitar cualquier tipo de problema.

Además es importante, ya que a través del empadronamiento podrás acreditar tu permanencia en España.

Asimismo, si una persona decide mudarse y con consecuencia, cambiar de municipio, deberá comunicar en su Ayuntamiento esta variación de datos para que así tenga su empadronamiento correctamente.

¿Una persona extranjera puede empadronarse de forma irregular?

Una persona extranjera que se encuentra en España de forma irregular si puede inscribirse en el Padrón municipal aunque no cuente con una Autorización de Residencia en España.

Con su pasaporte en vigor, sin necesidad de aportar una tarjeta de residencia, es posible que la persona extranjera pueda  hacer este trámite en su Ayuntamiento.

Abogada de Extranjería

Si necesitas que te ayude con tu empadronamiento, como abogada de Extranjería te ofrezco un asesoramiento personalizado, por lo que te aconsejo que te pongas en contacto conmigo para poder ayudarte y resolver tu caso lo antes posible.

Contacta conmigo de forma fácil y sencilla a través de mi página web en el apartado «Contacto abogada», por teléfono al +34 613 088 214 o mediante el siguiente correo electrónico: gema@extrangt.com

¡Espero que este post sobre «Empadronamiento en España para extranjeros» te haya gustado!

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¿Sabías qué existen diferentes tipos de arraigo familiar? 

En este post de Extrangt te cuento todos los tipos que hay y cuáles son sus características ¿Preparado? ¡Allá vamos!

¿Qué es el arraigo familiar?

El arraigo familiar es una autorización de residencia temporal por circunstancias excepcionales que se otorga a personas extranjeras que se encuentren en España en situación irregular y reúnan uno de estos requisitos: bien sean padre o madre de un menor de nacionalidad española, o bien sean hijos de padre o madre que hubieran sido originariamente españoles.

La validez de dicho permiso puede variar según el supuesto en concreto. 

Tipos de arraigo familiar

A continuación te cuento cuáles son los tipos de arraigo familiar:

Ser padre de un niño español

Si eres extranjero y eres o vas a ser padre de un menor de edad español, es una de las dos posibilidades a través de las cuales puedes obtener una Autorización de Residencia por Circunstancias Excepcionales, por Arraigo Familiar. Esta autorización será por cinco años y lleva aparejado permiso de trabajo. 

Para realizar la solicitud, debes acreditar lo siguiente:

– Convivir con el hijo menor de edad español

– Si el anterior requisito no se lleva a cabo y no existe convivencia con el menor, el padre/madre debe cumplir sus obligaciones como padre/madre, es decir, tiene que cumplir con el régimen de visitas, pago de pensión de alimentos, etc.

– Convivir en el mismo domicilio con el hijo español.

 

Cónyuge o pareja acreditada de un ciudadano español

Con la entrada en vigor de la Reforma del Reglamento de Extranjería los familiares de españoles ven la posibilidad de iniciar este procedimiento en los siguientes supuestos: 

– El cónyuge o pareja de hecho acreditada de ciudadano o ciudadana de nacionalidad española.

– Los ascendientes mayores de 65 años, o menores de 65 años a cargo, de ciudadano o ciudadana de nacionalidad española, o de su cónyuge o pareja de hecho.

– Descendientes menores de 21 años, o mayores de 21 años a cargo, de ciudadano o ciudadana de nacionalidad española, o de su cónyuge o pareja de hecho.

La Autorización de residencia tiene una validez de 5 años y permite trabajar tanto por cuenta ajena como por cuenta propia, ya que lleva aparejado permiso de trabajo.

Ser hijo de ciudadano español

Para este tipo de arraigo familiar se debe acreditar que la madre o el padre han sido o son españoles y además lo son o lo han sido de origen. Este permiso será por un año.

Para acreditar que la nacionalidad del progenitor es de origen, es preciso aportar el certificado de nacimiento del mismo. También se puede acreditar a través de un certificado del Registro Civil.

Os recuerdo a todos lo que habéis tramitado este tipo de permiso o lo vais a tramitar, debéis recordar modificar o renovar este permiso además de tener en cuenta que la Oficina de Extranjería correspondiente va a exigir que se cumplan ciertos requisitos.

Abogada de Extranjería  

Si necesitas que te ayude con tu arraigo familiar, como abogada de Extranjería te ofrezco un asesoramiento especializado, por lo que te aconsejo que te pongas en contacto conmigo para poder ayudarte con tu caso lo antes posible.

Contacta conmigo de forma fácil y sencilla a través de mi página web en el apartado «Contacto abogada», por teléfono al +34 613 088 214 o mediante el siguiente correo electrónico: gema@extrangt.com

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Me han llegado varios mensajes de diferentes clientes comentándome esta situación: <<Hace tres meses que inicié un procedimiento y aún estoy esperando la resolución del mismo ¿Qué puedo hacer?>> 

Bien, cuando nos encontramos con un caso como este, estamos hablando del silencio administrativo en Extranjería.

Como veo que existen muchas dudas sobre este tema, en este post de ExtranGT os voy a contar qué es, cuáles son los tipos que existen y cómo identificarlos ¡Allá vamos!

¿Qué es el Silencio Administrativo en Procesos de Extranjería?

Cuando iniciamos un procedimiento (como por ejemplo, una solicitud de un permiso de residencia, un recurso administrativo entre otros) la Ley establece un plazo máximo de resolución, es decir, un periodo de tiempo para que el órgano encargado de revisar dicha solicitud pueda emitir una respuesta favorable o desfavorable

El plazo máximo que tiene el órgano competente normalmente en Procesos de Extranjería es de 3 meses, aunque en algunos, el plazo puede ser inferior, o superior según el volumen de trabajo de la oficina de Extranjería en cuestión.

Si pasado este tiempo máximo no hemos recibido una respuesta, es decir, se le otorga al procedimiento un “silencio”.

Este silencio, que puede ser positivo o negativo, es una consecuencia para el estado del procedimiento iniciado por parte del extranjero: quedará o bien estimado o bien desestimado. 

No obstante, por mi experiencia os puedo decir que las Oficinas de Extranjería SIEMPRE responden. Si no lo hacen en el plazo establecido para ello, se debe al colapso generalizado de la Administración, pero al final llega. Por lo que iniciar cualquier acción relativa al objeto de este artículo: silencio administrativo, podría ser contraproducente si no se hace bien. Recomiendo cautela y un buen asesoramiento antes de tomar cualquier acción. 

Tipos de silencio administrativos  

En materia de Extranjería, según la disposición adicional primera de la Ley Orgánica 4/2000 (LOEX), existen dos tipos de silencios administrativos:

Por un lado, nos encontramos con el silencio administrativo positivo.

Esta situación ocurre cuando no existe una respuesta por parte de la Administración, resolviéndo la resolución a favor de la petición del ciudadano.

No obstante, no significa que pasados estos 3 meses automáticamente la resolución quede aprobada y tenga efectos legales sin problemas, ya que es necesario hacer un trámite intermedio para poder finalizar dicho proceso.

Tras estos 90 días, la delegación o subdelegación del gobierno estará obligada a emitir un certificado acreditando dicho silencio positivo.

Por otro lado, existe el silencio administrativo negativo.

Este suele ser el caso que más se da en la mayoría de procedimientos, y es todo lo contrario al silencio administrativo positivo. 

El silencio administrativo negativo supone la negativa a los actos interpuestos por los ciudadanos, es decir, las solicitudes resultan desfavorables.

La Administración no contesta a la petición dentro del plazo, interpretándose esto como un rechazo a la misma.

No obstante, no implica que el expediente vaya a quedar totalmente rechazado o denegado sin opción a lo opuesto.

Es posible recurrir a ese estado mediante un recurso administrativo o contencioso-administrativo, pudiendo apelar a la situación y consiguiendo finalmente un resultado favorable. 

No obstante, me reitero en lo ya mencionado al inicio “por mi experiencia, os puedo decir que las Oficinas de Extranjería SIEMPRE responden.”

¿Cómo sabemos si el silencio administrativo es positivo o negativo?

Normalmente, el silencio administrativo debe ser interpretado como positivo, no obstante, en la regulación de cada procedimiento aparecen recogidas situaciones expresas en las que el silencio es negativo:

  • Cuando una norma establezca lo contrario a la petición
  • Impugnación de actos
  • Actos de revisión de oficio y relativos al ejercicio del derecho de petición
  • Procedimientos de responsabilidad patrimonial o que puedan dañar el medio ambiente
  • Actos relativos al acceso o ejercicio de actividades

Y hasta aquí el post de hoy. Como habéis podido ver el Silencio Administrativo en Extranjería puede ser «bueno» o «malo» lo importante es saber actuar ante dichas situaciones con el fin de conseguir nuestro objetivo.

Abogada de Extranjería  

Si te encuentras en dicha situación, como abogada de Extranjería te ofrezco un asesoramiento especializado, por lo que no dudes en ponerte en contacto conmigo si tienes dudas sobre el silencio administrativo.

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El pasado 16 de agosto de 2022 entró en vigor la reforma de la Ley de extranjería, en la que se refleja la inclusión del nuevo arraigo para la formación. Por ello, en este post de Extrangt, vengo a explicaros detenidamente en qué consiste dicho arraigo, cuáles son los requisitos que hay que cumplir para obtenerlo entre otras cuestiones muy interesantes.

No te entretengo más… ¡comenzamos!

¿En qué consiste el Nuevo Arraigo para la formación?

El arraigo para la formación es una nueva figura creada por el Real Decreto 629/2022 que permite conseguir un permiso de residencia legal válido por un período de 12 meses a aquellas personas migrantes que lleven 2 años en España y quieran obtener una formación que les ayude a insertarse laboralmente.

Es decir, es una oportunidad para todas aquellas personas extranjeras que llevan dos años en España y desean estudiar para conseguir un empleo. Es una gran oportunidad para las personas en situación irregular en España, ya que de esta manera pueden obtener una situación administrativa regular y una autorización para formarse en ocupaciones en las que se precisa personal.

¿Qué formación es válida para conseguir el nuevo arraigo para la formación en España?

A continuación te cuento que formaciones son las que permiten obtener el nuevo arraigo de formación en España:

  • Formación reglada para el empleo
  • Certificado de profesionalidad
  • Formación conducente a la obtención de la certificación de aptitud técnica
  • Formación promovida por los Servicios Públicos de Empleo
  • Formación permanente de las universidades
  • Cursos de ampliación o actualización de competencias y habilidades formativas o profesionales u otras enseñanzas propias de formación permanente

Me gustaría mencionar que es muy importante el periodo de matriculación, ya que debe hacerse en un plazo de 3 meses desde la notificación de la resolución de concesión de la autorización de residencia.

Si por el contrario, la persona extranjera no lo acredita, la Oficina de Extranjería podrá extinguir la autorización.

Requisitos para obtener el arraigo para la formación

Estos son los requisitos que se deben cumplir para obtener el Arraigo para la Formación en España:

  • No ser ciudadano de un Estado de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo o de Suiza, o familiar de ciudadanos de estos países a los que les sea de aplicación el régimen de ciudadano de la Unión
  • No tener antecedentes penales en España y en su país de origen o en el país o países en que haya residido durante los últimos cinco años
  • No tener prohibida la entrada en España y no figurar como rechazable en el espacio territorial de países con los que España tenga firmado un convenio que refleje dicha situación.
  • No encontrarse dentro del plazo de compromiso de no retorno a España 
  • Haber permanecido con carácter continuado en España durante un periodo mínimo de dos años
  • Realizar una formación
  • Que se haya abonado la tasa correspondiente por la tramitación del procedimiento.

¿Es posible prorrogar la autorización de residencia de arraigo para la formación?

El nuevo arraigo para la formación se podría prorrogar tan sólo una vez por un nuevo periodo de 12 meses.

Esta prórroga es posible realizarla cuando la formación tenga una duración superior a la vigencia de la primera autorización concedida.

Abogada de Extranjería

Si estás interesado en solicitar el arraigo para la formación en España, yo como abogada de Extranjería puedo ayudarte. Para ello, tan solo tienes que agendar una cita conmigo.

Puedes hacerlo a través de mi página web en el apartado «Contacto abogada», por teléfono al +34 627 647 382 o mediante el siguiente correo electrónico: gema@extrangt.com

Si te ha resultado un post con información útil, te agradecería que lo compartas con aquellas personas que pueden estar interesadas en esta nueva figura.

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A menudo me encuentro a muchas personas con varias dudas sobre la carta de invitación para viajar a España, por ello he decidido dedicar este post de Extrangt a contestarlas ¡Espero que os guste!

Carta de invitación para viajar a España: ¿Qué es?

La carta de invitación es un documento que puede ser exigido a personas extranjeras no pertenecientes a la Unión Europea, como uno de los requisitos para ingresar a territorio español.

Dicho documento sirve para probar que la persona que ingresa tendrá donde alojarse en España durante su estancia (la cual nunca podrá ser superior a 90 días), y que la persona que le extiende la carta de invitación se hace responsable de ella.

¿A quién se le solicita la carta de invitación?

Se le solicita carta de invitación a una persona que vaya a alojarse en casa de un familiar o amigo. Si una persona visita España en un viaje turístico organizado, se le solicitará más bien la reserva de hotel, de tours u otras informaciones sobre su viaje.

¿Cómo pedir una carta de invitación?

La carta de invitación para viajar a España la debe solicitar la persona que invita a visitar el país. Dicha persona debe pedirla en la Comisaría de Policía más cercana a su domicilio.

Al solicitarla deberá pagar dos tasas administrativas. El importe de esta tasa puede variar según la Comisaría y será cobrado por los funcionarios del Cuerpo de Policía Nacional en el momento de hacer la solicitud. La tasa debe abonarse en el banco que se indique cuando se hace la solicitud, normalmente, se puede pagar en cualquier entidad bancaria. Después debe pagar otra tasa por la emisión del documento, cosa que hará la misma Comisaría de Policía donde se solicitó.

¿Cuánto tiempo tarda una carta de invitación?

El tiempo que tarda en tramitarse una carta de invitación para viajar a España varía de una localidad a otra, así como también de la época del año en la cual se solicite. Así que te aconsejo que la solicites con tiempo, y sobre todo, bajo un buen asesoriamiento, dado que hay aspectos importantes a tener en cuenta a la hora de preparar la solicitud.

Aunque cada Comisaría es particular, en general, la expedición de una Carta de invitación no debe demorarse más de 20 días hábiles contados a partir del momento en que se solicita.

¿Qué debe constar en la carta de invitación?

En la Comisaría de Policía se pedirá el modelo de solicitud de carta de invitación, el cual deberá ser rellenado con los datos que se solicitan y se deberá entregar acompañada de los documentos exigibles.

Si no sabes qué documentos debes presentar para obtener la carta de invitación, te recomiendo que cuentes con la ayuda de un experto para que no pierdas tiempo ni dinero. Si lo deseas, puedo ayudarte. Tengo experiencia como abogada de Extranjería en estos casos, por lo que te aseguro que será un proceso fácil y rápido si cuentas con mi ayuda 😉

Presentar la carta de invitación

Cuando la Carta de invitación haya sido expedida, el solicitante deberá enviar el original de la misma por correo postal a la persona extranjera que desea visitar España.

La persona extranjera deberá llevar consigo la Carta de invitación en el momento de su ingreso a España, ya que solo el original de la Carta se considera que tiene validez.

Si el visitante proviene de un país que requiere visa para entrar a España, el mismo deberá presentar la carta de invitación en el Consulado español de su país de origen para solicitar el visado, y después deberá portar su visado junto con la carta de invitación al momento de su ingreso a España.

Si el visitante procede de un país que no requiere visa para entrar a España, solo deberá presentar la Carta de invitación en el momento de su ingreso.

Abogada de Extranjería

Si necesitas ayuda con tu carta de invitación para viajar a España o cualquier otro trámite de Extranjería ¡yo puedo ayudarte!

Puedes agendar una cita a través de mi página web en el apartado «Contacto abogada», por teléfono al +34 627 647 382 o mediante el siguiente correo electrónico: gema@extrangt.com

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Muchas personas alrededor del mundo, han emprendido una nueva vida en otro país en busca de oportunidades laborales. En España, son muchos los ciudadanos extranjeros que viven de forma legal con su autorización de residencia y trabajo. Aunque tal y como os comentábamos antes, la gran mayoría no viene acompañados y se ven obligados a dejar a sus familiares en sus países de origen como por ejemplo, pareja o hijos.

Esto es algo muy duro tanto para la persona que busca una oportunidad como para aquella familia que se queda sin un miembro de su familia. No obstante, el derecho a vivir en familia es fundamental en cualquier política migratoria.

Por ello, en este post, os quiero contar un pongo más acerca de la reagrupación familiar. ¡Empezamos!

¿Qué es la reagrupación familiar en España?

El Ministerio de Empleo define la reagrupación familiar como “una autorización de residencia temporal que se podrá conceder a los familiares de los extranjeros residentes en España, en virtud del derecho a la reagrupación familiar”.

Este procedimiento está regulado por la Ley 4/2000 de extranjería y por el Decreto Ley 557/2011. Sin embargo, en el caso de que el reagrupante sea miembro de un país de la UE, el proceso se rige por el real decreto 240/2017.

Dichas regulaciones, estipulan que un extranjero que reside en España de forma legal puede traer a su familia. Es posible reagrupar a padres, cónyuge/pareja de hecho, padres del cónyuge/pareja de hecho, hijo/a siempre que sean menores de 18 años, hijos del cónyuge/pareja de hecho y extraordinariamente, otros familiares mediante la reagrupación familiar extensa. No obstante, a cada uno de los familiares se les exigirá unos documentos u otros.

A continuación te contamos cuáles son los requisitos para solicitar la reagrupación familiar en España.

¿Cuáles son los requisitos necesarios para la reagrupación familiar?

Para poder solicitar la reagrupación familiar en España, es necesario cumplir un número de requisitos. A continuación te contamos cuales son:

– No ser ciudadano de ningún Estado de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo ni de Suiza, o familiar de ciudadanos de alguno de estos países a los que pueda aplicársele el régimen de ciudadano europeo.

– No encontrarse irregularmente en España.

– No contar con antecedentes penales en España ni en sus países anteriores de residencia por delitos existentes en el ordenamiento español.

– No tener prohibida la entrada en España y no figurar como rechazable en el espacio territorial de países con los que España tenga firmado un convenio en tal sentido.

– Tener asistencia sanitaria por estar cubierta por la Seguridad Social o contar con un seguro privado de enfermedad.

– No padecer ninguna de las enfermedades que pueden tener repercusiones de salud pública graves tal y como se índica en el Reglamento Sanitario Internacional de 2005.

– No encontrarse dentro del plazo de compromiso de no retorno a España.

– Haber abonado la tasa por tramitación del procedimiento.

– Disponer de medios económicos suficientes para atender las necesidades de la familia.

¿Cuáles son las cuantías mínimas?

  • Para unidades familiares que incluyan dos miembros (reagrupante y reagrupado) se exige una cantidad mensual del 150 % del IPREM.
  • Por cada uno de los miembros adicionales, se deberá sumar, el 50% del IPREM.

– El reagrupante deberá haber residido en España durante un año como mínimo y haber obtenido autorización para residir por, al menos, otro año.

– El familiar reagrupado podrá ser:

  • Cónyuge o persona con la que el reagrupante mantenga una relación de afectividad análoga a la conyugal.
  • Hijos del reagrupante y del cónyuge o pareja, incluidos los adoptados (siempre que la adopción produzca efectos en España), menores de dieciocho años o discapacitados que no sean objetivamente capaces de proveer a sus propias necesidades debido a su estado de salud.
  • Representados legalmente por el reagrupante, menores de dieciocho años o que tengan una discapacidad y no sean objetivamente capaces de proveer a sus propias necesidades debido a su estado de salud.
  • Ascendiente en primer grado del reagrupante residente de larga duración o larga duración-UE, o de su cónyuge o pareja, cuando estén a su cargo, sean mayores de sesenta y cinco años y existan razones que justifiquen la necesidad de autorizar la residencia en España.
  • Extraordinariamente, cuando existan razones de carácter humanitario, podrá reagruparse al ascendiente menor de sesenta y cinco años.

¿Cuál es la documentación necesaria para la reagrupación familiar?

Es fundamental aportar la documentación adecuada para una solicitud exitosa. ¡Te contamos a continuación que debes entregar!

– Impreso de solicitud en modelo oficial (EX–02) por duplicado, debidamente cumplimentado y firmado por el reagrupante.

– Copia del pasaporte, título de viaje o cédula de inscripción del reagrupante.

Copia compulsada de la documentación que acredite que el reagrupante cuenta con un empleo y/o recursos económicos. Para ello podrá presentar:

Si el reagrupante realiza actividad lucrativa por cuenta ajena:

  • Copia del contrato de trabajo.
  • En su caso, última declaración del IRPF.

Si el reagrupante realiza actividad lucrativa por cuenta propia:

  • Acreditación de la actividad que desarrolla.
  • En su caso, última declaración del IRPF.
  • En caso de no realizar ninguna actividad lucrativa en España: cheques certificados, cheques de viaje o cartas de pago o tarjetas de crédito, acompañadas de una certificación bancaria de la cantidad disponible.

– Documentación que acredite que el reagrupante dispone de una vivienda adecuada para su familia emitida generalmente, por el Ayuntamiento del lugar en el que reside. Bien es cierto que en algunas Comunidades Autónomas, como por ejemplo, Cataluña, dicho documento depende del gobierno regional. Por lo que el reagrupante debe obtenerlo por parte de esa institución.

– Copia del pasaporte completo y en vigor o del título de viaje del reagrupado.

– Copia de la documentación acreditativa de los vínculos familiares o de parentesco o existencia de la unión de hecho o de la representación y además, documentación especifica por cada miembro. 

Documentación acreditativa de tener garantizada asistencia sanitaria.

Me gustaría aclarar que es fundamental que los documentos que se entreguen de otros países estén traducidos al castellano o lengua co-oficial del territorio donde se presente la solicitud.

Además, todos estos documentos públicos extranjeros deberán ser previamente legalizados por la Oficina consular española con jurisdicción en el país de expedición de dicho documento o, en su caso, por el Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación.

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