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Si te estás preguntando cómo empadronarse en España siendo extranjero, calma. Has llegado al lugar adecuado para encontrar respuestas a todas tus dudas respecto a este tema.

Toda aquella persona que desee vivir en España, debe cumplir con una serie de requisitos, entre ellos, empadronarse, ya que es una de las maneras de probar que se encuentra en el país.

En este post de Extrangt te cuento todo detalladamente, así que te invito a que te quedes hasta el final ¡Espero que te sea muy útil!

¿Qué es el empadronamiento?

Si has leído más artículos en mi blog de Extranjería, ya me vas conociendo un poco y como siempre, a mi me gusta empezar por el principio. En este caso, me gustaría explicar qué es el empadronamiento para poder explicar con más facilidad cómo una persona extranjera puede empadronarse en España.

Empadronarse significa inscribirse en un registro municipal. Este registro se llama Padrón Municipal.

El Padrón Municipal es un registro administrativo donde están inscritas todas las personas que habitan un municipio, es decir, la población total del mismo. 

Las personas extranjeras deben inscribirse en el padrón del municipio donde vivirán en el momento en que ya estén instalados en España. Para la inscripción en el padrón municipal, hay que acudir al ayuntamiento del lugar de residencia, previa solicitud de la cita requerida.

En dicho registro, llamado Padrón municipal, quedan recogidos los siguientes datos:

  • Nombre y apellidos
  • Sexo
  • Domicilio habitual
  • Nacionalidad
  • Lugar y fecha de nacimiento
  • Número de documento nacional de identidad, NIE o número de pasaporte
  • Certificado o título escolar o académico que se posea
  • Cuantos otros datos puedan ser necesarios para la elaboración del Censo Electoral

En definitiva, todos los ciudadanos españoles y ciudadanos extranjeros que se encuentran en España, deben estar empadronados, es un acto aconsejable.

 

¿Cómo empadronarse en España siendo extranjero?

Una vez que ya sabemos en qué consiste el empadronamiento, voy a explicar cómo empadronarse en España siendo extranjero.

Lo primero que debes saber, es que es un trámite que se aconseja hacer en el Ayuntamiento de tu domicilio, es decir, en tu municipio.

Como hay en España cientos de Ayuntamientos, cada uno de ellos puede establecer diferentes vías, como la presencial, online o por teléfono para hacer este trámite y también pueden exigir una documentación específica para poder hacer dicha inscripción.

Lo más acertado es que te empadrones lo antes posible. Esto es muy importante, ya que a través del empadronamiento podrás acreditar tu permanencia en España.

Asimismo, si cambias de domicilio, deberás comunicar en tu Ayuntamiento esta variación de datos para que así tengas tu empadronamiento correctamente actualizado.

Documentación para empadronarse en España

Como bien te he comentado, cada Ayuntamiento puede establecer una vía de inscripción en el Padrón y también puede establecer cierta documentación para poder empadronarse. Por lo que si necesitas ayuda para ello, yo como abogada de Extranjería puedo asesorarte para que no cometas ningún error a la hora de entregar la documentación requerida y por supuesto, no pierdas tiempo.

¿Una persona extranjera se puede empadronar aunque se encuentre de forma irregular en España?

La respuesta a esta pregunta es . Una persona extranjera puede inscribirse en el Padrón municipal aunque no tenga una autorización de Residencia en España.

¡Espero que este post sobre «¿Cómo empadronarse en España siendo extranjero?» te haya gustado. No olvides compartirlo en tus redes sociales.

Abogada de Extranjería

Si necesitas una abogada de Extranjería, ponte en contacto conmigo.

Puedes hacerlo a través de mi página web en el apartado «Contacto abogada», por teléfono al +34 627 647 382 o mediante el siguiente correo electrónico: gema@extrangt.com

Te ayudaré con todo lo que necesites ¡confía en mí y en el proceso!

¿Qué es la Tarjeta de Identidad de Extranjero (TIE)? ¿Cómo puedo conseguirla? ¿Cuánto tarda en ser concedida? La respuesta a estas y a otras muchas preguntas, las resuelvo en este post de Extrangt.

Así que quédate hasta el final para no perderte nada ¡comenzamos!

Tarjeta de Identidad de Extranjero (TIE)

La Tarjeta de Identidad de Extranjero (TIE) es un documento que acredita la permanencia legal de extranjeros en España. Dicha tarjeta es personal, única e intransferible, aunque sí es cierto que pueden inscribirse en ella los hijos menores o incapacitados de extranjeros.

Es un documento que debe llevar el titular consigo, ya que es un comprobante de que tiene permiso para permanecer en el territorio español. La Tarjeta de Identidad de Extranjero otorga derechos y responsabilidades que el titular debe cumplir con la finalidad de evitar sanciones que pongan en riesgo su permanencia en España.

¿Cuáles son los requisitos para solicitar la Tarjeta de Identidad de Extranjero?

Las personas extranjeras interesadas en solicitar la tarjeta de identidad de Extranjero pueden hacerlo si se cumple una de las tres situaciones que te cuento a continuación:

  • El extranjero debe tener un visado o autorización para permanecer en el país por un plazo superior a los 6 meses
  • Cuando ocurre una modificación en la situación legal del titular o en su condición laboral que incluyen la renovación de la autorización para residir en España
  • La Tarjeta de Identidad de Extranjero que ya poseía el titular, ha sido robada, extraviada o deteriorada (se solicitaría un duplicado de la misma)

¿Cuál es el plazo para presentar la solicitud de la Tarjeta de Identidad de Extranjero?

La persona interesada dispone de un mes a partir de que:

  • Entre a territorio español
  • Se otorga la autorización
  • Cobra vigencia la autorización
  • El titular ha perdido la Tarjeta de Identidad de Extranjero o se produjo el robo, inutilización o destrucción de la misma

¿Dónde se presenta la documentación requerida?

La solicitud para obtener la Tarjeta de Identidad de Extranjero se presenta en:

  • La Oficina de Extranjería correspondiente
  • La Comisaría de Policía de la provincia en que se tramitó la autorización

¿Cuánto tarda la emisión de la Tarjeta de Identidad de Extranjero?

Una vez entregados todos los documentos, se realiza su impresión y se envía a la sede donde se realizó la notificación de su resolución.

Desde allí se informa al titular para que solicite cita previa y recoja su Tarjeta de Identidad de Extranjero.

¿Cuánto tiempo dura la Tarjeta de Identidad de Extranjero?

La vigencia de la Tarjeta de Identidad de Extranjero será la que se expida en la autorización o derecho que sirva para justificar su expedición. La misma finaliza cuando ocurren dichas situaciones:

  • Caduque la autorización según las causas reglamentarias establecidas
  • Se pierda el derecho de permanencia en el territorio español

Una vez finalizada la vigencia, se entregará la documentación en la Comisaría de Policía o en la Oficina de Extranjería.

Y hasta aquí el artículo de hoy. Espero que te haya servido ¡No olvides compartirlo con aquellas personas a las que les pueda resultar útil! 

Abogada de Extranjería

 ¿Estás interesado en una asesoría sobre trámites de Extranjería? ¡Ponte en contacto conmigo para solicitar tu cita y no te quedes sin hueco! 

Puedes hacerlo a través de mi página web en el apartado «Contacto abogada», por teléfono al +34 627 647 382 o mediante el siguiente correo electrónico: gema@extrangt.com

Valoro la transparencia y honestidad, por tanto, lo aplico como abogada en los procesos de mis clientes, por lo que no tengas ninguna duda en que te ayudaré en todo lo que esté en mi mano.

¡Espero conocerte muy pronto para ayudarte a cumplir ese sueño que siempre has querido: Vivir en España!

Hasta el próximo post.

Hoy os traigo un post diferente a lo que estáis acostumbrados, ya que hoy no hablaré de conceptos jurídicos ni de procedimientos, sino de los beneficios que obtienen mis clientes cuando deciden contratar mis servicios como abogada de Extranjería.

Hago este artículo porque pienso que al igual que a mí me gusta saber qué beneficios tienen los servicios que contrato en otros ámbitos, vosotros también tenéis derecho a saberlo. Además, seguro que después de leer este post, muchas de tus dudas quedarán resueltas.

Así que no te entretengo más y… ¡Empezamos!

Abogada de Extranjería

Como abogada de Extranjería te ayudaré a encaminar tus planes con las garantías que la Ley les reconoce a las personas extranjeras en España. Antes de contarte los beneficios que tiene contratar mis servicios, quiero destacar que trabajo en cada expediente con mimo y dedicación para potenciar la seguridad jurídica en todo el procedimiento, así como el resultado deseado.

Soy consciente de que siendo abogada de Extranjería tengo en mis manos la vida de mis clientes, por ello trabajo muy duro y estoy constantemente formándome para ofrecer soluciones efectivas y reales.

Ahora si que si, ha llegado el momento de conocer cuales son los beneficios de contratarme como abogada de Extranjería ¡Allá vamos!

– En primer lugar, analizaré tu caso para asesorarte sobre cual es el permiso de residencia en España y el procedimiento que deberás cumplir de acuerdo con tu situación.

– Los trámites de Extranjería son bastantes engorrosos, pero no tendrás que preocuparte por ello, ya que me encargaré de todo ello para que no haya ningún contratiempo.

– Desde el año 2013 ayudo a personas extranjeras a conseguir sus objetivos, por ello cuento con una amplía experiencia que garantiza un servicio eficiente y rápido.

– Como abogada de Extranjería conozco las normas específicas en dicha rama del derecho y de los procedimientos administrativos, por lo cual es una gran ventaja, ya que te ayudaré a que el trámite sea mucho más rápido y eficaz.

– Contarás con un asesoramiento jurídico integral hasta que finalicemos el trámite, ya que si la resolución emitida por la autoridad competente resultara desfavorable, necesitarás recurrir ante la justicia para la revisión de tu caso. Esto es algo que puede ocurrir perfectamente y no quiere decir que esté todo perdido. En un vídeo de Instagram te lo explico mucho mejor, si deseas verlo, haz click aquí.

abogada de extranjería

– Te ofrezco un servicio totalmente personalizado, ya sea de forma presencial u online, podrás consultarme cualquier duda que tengas sobre tu expediente y el proceso.

Y por supuesto, me podrás consultar otras cuestiones relacionadas con España que necesites saber.

¿Qué opinan mis clientes?

En este apartado quiero mostrarte algo muy importante para mi…¡algunas de las reseñas de mis clientes!

abogada de extranjeria

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Si deseas leer más, tan sólo tienes que dirigirte al apartado ¿Por qué conmigo?

Abogada de Extranjería en España

Si has llegado hasta aquí, es porque deseas emigrar a España y cumplir tu sueño, o vives en España y necesitas regularizar tu situación, por lo que te recomiendo que agendes una cita conmigo lo antes posible para que pueda ayudarte y acompañarte en este proceso.

Te aseguro que no te arrepentirás de tomar esta decisión que cambiará tu vida por completo.

Puedes hacerlo a través de mi página web en el apartado «Contacto abogada», por teléfono al +34 627 647 382 o mediante el siguiente correo electrónico: gema@extrangt.com

¡Espero conocerte muy pronto!

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¡Hasta el próximo!

¿Estás buscando información sobre el visado de emprendedor en España? ¡Has llegado al lugar adecuado!

Siempre he pensado que emprender es realmente apasionante, una aventura que no suele ser fácil, pero sí muy gratificante.

El emprendedor es aquella persona que es capaz de innovar una idea y materializarla en un proyecto,  asumiendo los riesgos y consecuencias que esto significa.

Por suerte, el mundo está lleno de estas mentes inquietas y algunas de ellas desean llevar a cabo su proyecto en España ¡Y eso me parece una idea fenomenal!

Por ello, hoy voy a explicaros en qué consiste el visado de emprendedor en España ¡Así que muy atentos!

Visado de emprendedor en España

El visado de emprendedor es un permiso de residencia en España para personas extranjeras con el fin de permitir llevar a cabo una actividad económica por cuenta propia, como por ejemplo, montar una empresa.

Este tipo de permiso se solicita en la Oficina Consular del pais de origen y tiene una duración de un año con posibilidad de renovarlo, o modificarlo a otra autorización de residencia, siempre y cuando el emprendedor cumpla con los requisitos exigidos por la Ley. Como emprendedores, también está la opción de solicitar la Autorización de residencia para emprendedores, la cual se solicita en la Unidad de Grandes Empresas y la duración de la misma es de dos años, a diferencia de este Visado objeto del presente artículo. 

Para que una persona extranjera pueda tener acceso a el visado de emprendedor en España, es fundamental que cree un negocio distinto o que no sea simple de conseguir dentro del territorio español. Es decir, debe tratarse de un proyecto innovador.

La finalidad de este permiso de residencia no es otra que fomentar la inversión dentro del territorio español.

No todas las ideas que son propuestas son aceptadas, por ello, como abogada de Extranjería os recomiendo a todos los que estéis interesados en el visado de emprendedor en España contar con asesoría profesional para hacer todo el proceso de forma adecuada y efectiva, evitando así errores que puedan alargar el proceso.

También me gustaría destacar que este tipo de visado trae consigo una serie de interesantes ventajas para el interesado, entre las cuales se pueden destacar el hecho de que es posible hacer una solicitud conjunta para el visado, por lo que es posible hacer la solicitud junto al cónyuge, hijos, pareja de hecho e incluso, padres, siempre y cuando los mismos dependan económicamente del solicitante.

Eso sí, para que el interesado pueda obtener dicho permiso debe cumplir con unos requisitos estimados, de lo contrario, será prácticamente imposible.

Los requisitos son los siguientes:

  • Idea de negocio: como bien he comentado antes, este tipo de permiso requiere una idea de negocio innovadora, no obstante, no requiere un mínimo de inversión.
  • Perfil del solicitante: el interesado debe contar con formación profesional para tramitar la idea de negocio que desea. Por lo que será importante demostrar tanto la trayectoria profesional como la formación académica.
  • Plan de negocio: es fundamental presentar un plan de negocio.

Estos son los tres requisitos que debe cumplir el interesado para conseguir el visado de emprendedor en España ¿Qué te han parecido?

Abogada de Extranjería

Si estás leyendo esto y eres una persona extranjera que desea montar un negocio en España, yo como abogada de Extranjería puedo ayudarte para maximizar las opciones de que la solicitud sea aprobada.

Puedes contactar conmigo a través de mi página web en el apartado «Contacto abogada», por teléfono al +34 627 647 382 o mediante el siguiente correo electrónico: gema@extrangt.com

Te aseguro que juntos, lo conseguiremos sin problemas.

No olvides compartir este post, ya que tiene una información muy útil que le puede ayudar a muchas personas a cumplir su sueño.

¡Me despido por hoy y nos vemos en mis redes sociales!

Hasta el próximo post 😉

El pasado 16 de agosto de 2022 entró en vigor la reforma de la Ley de extranjería, en la que se refleja la inclusión del nuevo arraigo para la formación. Por ello, en este post de Extrangt, vengo a explicaros detenidamente en qué consiste dicho arraigo, cuáles son los requisitos que hay que cumplir para obtenerlo entre otras cuestiones muy interesantes.

No te entretengo más… ¡comenzamos!

¿En qué consiste el Nuevo Arraigo para la formación?

El arraigo para la formación es una nueva figura creada por el Real Decreto 629/2022 que permite conseguir un permiso de residencia legal válido por un período de 12 meses a aquellas personas migrantes que lleven 2 años en España y quieran obtener una formación que les ayude a insertarse laboralmente.

Es decir, es una oportunidad para todas aquellas personas extranjeras que llevan dos años en España y desean estudiar para conseguir un empleo. Es una gran oportunidad para las personas en situación irregular en España, ya que de esta manera pueden obtener una situación administrativa regular y una autorización para formarse en ocupaciones en las que se precisa personal.

¿Qué formación es válida para conseguir el nuevo arraigo para la formación en España?

A continuación te cuento que formaciones son las que permiten obtener el nuevo arraigo de formación en España:

  • Formación reglada para el empleo
  • Certificado de profesionalidad
  • Formación conducente a la obtención de la certificación de aptitud técnica
  • Formación promovida por los Servicios Públicos de Empleo
  • Formación permanente de las universidades
  • Cursos de ampliación o actualización de competencias y habilidades formativas o profesionales u otras enseñanzas propias de formación permanente

Me gustaría mencionar que es muy importante el periodo de matriculación, ya que debe hacerse en un plazo de 3 meses desde la notificación de la resolución de concesión de la autorización de residencia.

Si por el contrario, la persona extranjera no lo acredita, la Oficina de Extranjería podrá extinguir la autorización.

Requisitos para obtener el arraigo para la formación

Estos son los requisitos que se deben cumplir para obtener el Arraigo para la Formación en España:

  • No ser ciudadano de un Estado de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo o de Suiza, o familiar de ciudadanos de estos países a los que les sea de aplicación el régimen de ciudadano de la Unión
  • No tener antecedentes penales en España y en su país de origen o en el país o países en que haya residido durante los últimos cinco años
  • No tener prohibida la entrada en España y no figurar como rechazable en el espacio territorial de países con los que España tenga firmado un convenio que refleje dicha situación.
  • No encontrarse dentro del plazo de compromiso de no retorno a España 
  • Haber permanecido con carácter continuado en España durante un periodo mínimo de dos años
  • Realizar una formación
  • Que se haya abonado la tasa correspondiente por la tramitación del procedimiento.

¿Es posible prorrogar la autorización de residencia de arraigo para la formación?

El nuevo arraigo para la formación se podría prorrogar tan sólo una vez por un nuevo periodo de 12 meses.

Esta prórroga es posible realizarla cuando la formación tenga una duración superior a la vigencia de la primera autorización concedida.

Abogada de Extranjería

Si estás interesado en solicitar el arraigo para la formación en España, yo como abogada de Extranjería puedo ayudarte. Para ello, tan solo tienes que agendar una cita conmigo.

Puedes hacerlo a través de mi página web en el apartado «Contacto abogada», por teléfono al +34 627 647 382 o mediante el siguiente correo electrónico: gema@extrangt.com

Si te ha resultado un post con información útil, te agradecería que lo compartas con aquellas personas que pueden estar interesadas en esta nueva figura.

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El Recurso contencioso de Nacionalidad es una via por la que se demanda al Ministerio ante la Audiencia Nacional para que agilice el expediente de Nacionalidad española.

Dicho así, se que puede parecer algo complejo, por ello, en este post de Extrangt, te explico todo lo que debes saber sobre dicha demanda: qué es, plazos y requisitos.

¡Muy atento que empezamos!

¿Qué es el Recurso contencioso de Nacionalidad?

Desde octubre de 2015 se estableció en España el plazo de un año desde la fecha de presentación del expediente, para que el Ministerio de Justicia emitiera una resolución, de concesión o denegación de nacionalidad española.

Dicha normativa establece que si transcurrido ese año no se obtiene una respuesta por parte del ministerio, se entiende que la nacionalidad española ha sido denegada.

No obstante, esto no quiere decir que todos aquellos expedientes que se encuentren en dicha situación hayan sido denegados.

Por lo que existe la posibilidad de que una vez que haya pasado el año sin respuesta, el interesado puede  interponer una demanda judicial ante la Audiencia Nacional.

Para llevar a cabo dicha acción, es importante contar con un abogado de Extranjería y un procurador, ya que se trata de un procedimiento que el interesado no puede realizar de forma autónoma bajo ningún concepto.

Ambas figuras realizan un anuncio de interposición de la demanda. Esto se trata de un escrito en el que se indica el contexto de presentación de la misma.

En el momento en el que la Audiencia Nacional recibe este escrito, lo primero que hace es admitir a trámite esta demanda, y solicitar el expediente administrativo completo para poder emitir una sentencia.

Cuando el Ministerio de Justicia recibe el aviso de la Audiencia Nacional, requiriendo el expediente, pueden ocurrir dos situaciones:

Si el expediente está correcto, el Ministerio de Justicia se dirige directamente al expediente administrativo y trata de resolverlo. Por lo que dicho trámite se resuelve de forma más rápida.

– En cambio, en otros casos, el Ministerio de Justicia devuelve el expediente para que se pueda formular la correspondiente demanda contenciosa, a la que éste órgano tendrá que contestar posteriormente.

Plazos en los que se resuelve una demanda contenciosa

Todo depende de lo completo que estén los expedientes, ya que hay algunos que se han resuelto en 1 o 2 meses.

En definitiva, mi consejo es llevar a cabo la demanda contenciosa de nacionalidad, ya que es un trámite muy efectivo y rápido.

Requisitos para llevar a cabo una demanda contenciosa de nacionalidad

Antes de interponer una demanda contenciosa de nacionalidad, es importante repasar el expediente y ver si cumples con los requisitos necesarios para llevar a cabo dicho trámite.

Para ello, te sugiero que te hagas las siguientes preguntas:

– ¿Ha transcurrido más de un año desde la fecha de presentación? En caso afirmativo, se podría presentar.

– ¿El expediente está correcto en cuanto a documentación y requisitos para poder solicitar la nacionalidad española? Si la respuesta es sí, se podría presentar.

– ¿Por qué vía se presentó el expediente? Tanto si el expediente se presentó por vía telemática, Registro Civil o Registro Público, es posible interponer la demanda contenciosa.

Abogada de Extranjería

Si deseas que te ayude como abogada de Extranjería a interponer una demanda contenciosa de nacionalidad, no dudes en contactar conmigo.

Agenda una cita conmigo a través de mi página web en el apartado «Contacto abogada», por teléfono al +34 627 647 382 o mediante el siguiente correo electrónico: gema@extrangt.com 

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Nos vemos en el siguiente artículo 😉

¡Hasta dentro de muy poco!

Se acerca el mes de septiembre y eso quiere decir que llegan los nuevos comienzos, sobre todo aquellos que están relacionados con los estudios. Por ello, hoy os traigo un artículo muy interesante: visado para estancia por estudios en España.

Y es que, uno de los principales requisitos para obtener sin problemas un visado para estancia por estudios en España tiene que ver directamente con los estudios que una persona desea realizar en nuestro país. 

Así que si eres una de esas personas que está planteándose la idea de estudiar en España, considero que este post de Extrangt te va a resultar muy útil para saber donde debes matricularte.

No te entretengo más, ¡allá vamos!

Visado de estancia por estudios en España

Hay una pregunta que se repite mucho entre algunas de las personas que desean solicitar un visado de estudiante en España y es la siguiente: ¿Son válidos todos los cursos y estudios? 

A esta pregunta podríamos decir que casi todos los cursos y estudios que se imparten en España son válidos para conseguir dicho permiso de residencia. Es preciso tener en cuenta que se lleve a cabo en un centro de enseñanza autorizado en España. 

No obstante, debes tener en cuenta que los cursos o masters que son online no son válidos.

Realmente es algo lógico, ya que el visado de estudiante sirve para asistir a clase de forma presencial, por lo tanto, no te matricules en un curso que se imparta de forma virtual aunque pertenezca a una entidad española.

Siempre que tus estudios no sean online, podrás completar favorablemente tu solicitud, matriculandote en:

  • Grados, carreras y licenciaturas universitarias
  • Másteres y doctorados
  • Formación profesional
  • Enseñanzas artísticas superiores o deportivas
  • Idiomas

Asimismo, me gustaría destacar que la institución no tiene por qué ser privada. Es decir, son válidos los estudios en centros tanto públicos como privados, pero siempre en un centro autorizado.

Como puedes observar, no todos los centros y tipos de enseñanza son válidos para obtener un visado de estudiante en España, por eso, es importante que sepas cuales son las características del programa del curso, ya que puede generar ciertas complicaciones.

Si quieres conseguir tu visado de estudiante, asegúrate de que los estudios que vas a empezar cumplen los siguientes requisitos:

  • El curso debe ser de un mínimo de 20 horas semanales
  • Los estudios deben realizarse en una institución autorizada por el Ministerio de Educación
  • La institución debe proporcionar una certificación oficial al finalizar el curso

¿Qué hacer cuando acabas los estudios y deseas seguir viviendo en España?

Para seguir viviendo en España al terminar los estudios existen varias opciones. Una de ellas es la residencia para buscar trabajo.

Por lo que te recomiendo que si tu pensamiento es quedarte a vivir en España una vez que finalices los estudios, te asegures de que dichos estudios están acreditados y reconocidos por el Ministerio a la hora de solicitar tu visado de estudiante.

Tus estudios deben estar dentro de una lista creada por el gobierno llamada RUCT. Si quieres acceder a la lista, puedes hacerlo haciendo click aquí.

Abogada de Extranjería

Si deseas estudiar en España y te encuentras fuera de la Unión Europea, yo puedo ayudarte a tramitar todo para que no tengas problemas en el proceso.

Como abogada de extranjería me encargaré de conseguir tu autorización de residencia como estudiante en España.

Agenda una cita conmigo a través de mi página web en el apartado «Contacto abogada», por teléfono al +34 627 647 382 o mediante el siguiente correo electrónico: gema@extrangt.com y yo te contestaré lo antes posible para que comiences una nueva e inolvidable etapa en España.

¡Tengo muchas ganas de conocerte!

No es ningún secreto que en los últimos años, tanto los profesionales que nos dedicamos al ámbito de la Extranjería hasta asociaciones, habíamos pedido encarecidamente una reforma de la Ley de Extranjería en España.

¿Por qué? Bien, es un tema bastante extenso, pero podríamos decir que tanto la Ley de Extranjería como el Reglamento de Extranjería han demostrado en varias ocasiones que no están adecuados a los cambios que se han producido en España durante los últimos años.

Por ello, en este post de Extrangt, voy a intentar arrojar algo de luz sobre dicha reforma para todos aquellos que me habéis pedido que hable de este tema.

¡Así que muy atento que comenzamos ya!

El gobierno español aprueba la reforma de la Ley de Extranjería en España

La reforma del Reglamento de Extranjería para agilizar los trámites e incorporar trabajadores extranjeros al mercado laboral, entrará en vigor el próximo 15 de agosto.

El Boletín Oficial del Estado (BOE) debe publicar el Real Decreto por el que se modifica el Reglamento de la Ley sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, que afectará tanto a inmigrantes que se encuentran en España en situación irregular como a personas que pueden ser contratadas en su país de origen.

La normativa entrará en vigor dentro de muy pocos días tal y como te he indicado anteriormente, excepto algunos artículos suprimidos del capítulo ‘Residencia temporal y trabajo por cuenta ajena de duración determinada’, que lo harán dentro de un año aproximadamente.

Gracias a la reforma de la Ley de Extranjería en España, la situación será más flexible para llevar a cabo trámites con el fin de conceder autorizaciones de trabajo y permitirá a inmigrantes sin papeles con dos años en España regularizar su situación si se forman a través del «arraigo para la formación».

No obstante, a continuación te comento algunos de los aspectos que podemos destacar de dicha reforma para que lo veas de forma más clara:

  • Cambiar el régimen de los estudiantes que desean estudiar en España
  • Modificar el Catálogo de Ocupaciones de Difícil Cobertura
  • Mejorar la figura del Arraigo Social, Laboral y Familiar
  • Mejorar el acceso a la actividad por cuenta propia
  • Eliminar por completo la rigidez actual en la normativa de Extranjería vinculada al ámbito laboral
  • Optimizar y mejorar el funcionamiento de las Oficinas de Extranjería para poder tramitar y conseguir permisos de residencia y trabajo en un tiempo menor

En definitiva, la reforma de la ley de Extranjería en España es una muy buena noticia tanto para las personas que nos dedicamos a este campo del derecho como para aquellas que desean vivir algún día en nuestro país.

¡Sin lugar a dudas, es momento de avanzar!

Abogada de Extranjería

Como has podido comprobar, esta es una muy buena oportunidad para todos aquellos que deseáis comenzar una nueva vida en España.

Por lo que si te encuentras en dicha situación, te animo a que cumplas tu sueño.

Si necesitas la ayuda de una abogada de Extranjería, yo estaré encantada de poder ayudarte.

Contacta conmigo sin compromiso y analizaré detenidamente todas y cada una de tus necesidades.

Puedes ponerte en contacto conmigo para agendar una cita a través de mi página web en el apartado «Contacto abogada», por teléfono al +34 627 647 382 o mediante el siguiente correo electrónico: gema@extrangt.com

Te contestaré lo antes posible para que podamos comenzar a resolver tu situación pronto.

¡Si quieres estar al tanto de todas las novedades e información sobre Extranjería, te aconsejo que me sigas en mis redes sociales!

Espero conocerte muy pronto y sobre todo, poder brindarte mi ayuda.

¡Hasta el próximo post!

Hoy en día, la tarjeta de familiar de ciudadano de la Unión Europea, la que coloquialmente se conoce como “tarjeta comunitaria”, se ha convertido en una de las tarjetas más tramitadas y gestionadas por las Oficinas de Extranjería. De hecho, a menudo me encuentro con muchos clientes que tienen dudas sobre dicha tarjeta.

Por ello, en este post de Extrangt, me gustaría explicaros detenidamente en qué consiste la tarjeta comunitaria y cuáles son los requisitos para obtenerla ¡Muy atento que comenzamos!

Requisitos para la tarjeta de familiar de ciudadano de la Unión Europea en España

La coloquial tarjeta comunitaria o tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la UE es un documento que permite a un familiar de un residente español o ciudadano de la Unión Europea poder estar en España durante un período de más de tres meses.

No obstante, para obtener la tarjeta comunitaria es necesario cumplir los siguientes requisitos:

– Tener un vínculo con un ciudadano español o ciudadano europeo

Convivir con el ciudadano español o europeo

– Disponer de medios económicos

– Tener garantizada la asistencia sanitaria en España

– Y en determinados casos, acreditar que el familiar, como sucede en el caso de los ascendientes o los hijos mayores de 21 años, se encuentran a cargo del español o europeo.

A continuación te explicaré más detalladamente dos puntos fundamentales para poder conseguir esta tarjeta: la acreditación de los medios económicos y la asistencia sanitaria.

Medios económicos para la tarjeta comunitaria

Si deseas solicitar la tarjeta de familiar de ciudadano de la UE, debes disponer de medios económicos suficientes, ya que es uno de los requisitos más importantes.

El Real Decreto 240/2007, de 16 de febrero, establece cómo el ciudadano español o comunitario puede acreditar que dispone de medios económicos por una de las siguientes formas:

– Ser trabajador por cuenta ajena o por cuenta propia en España

– Disponer de recursos económicos durante su periodo de residencia. Aportar un seguro de enfermedad público o privado, contratado en España o en otro país, que proporcione cobertura en España durante su período de residencia equivalente a la proporcionada por el Sistema Nacional de Salud. La valoración de la suficiencia de medios económicos se efectuará de manera individualizada y, en todo caso, teniendo en cuenta la situación personal y familiar del solicitante. Se considerará acreditación suficiente para el cumplimiento de este requisito la tenencia de recursos que sean superiores al importe que cada año fije la Ley de Presupuestos Generales del Estado para generar el derecho a recibir una prestación no contributiva.

– Ser estudiante y estar matriculado en un centro público o privado así como contar con un seguro de enfermedad público o privado contratado en España u otro país que proporcione cobertura completa en España, y declaración responsable de que posee recursos económicos suficientes para sí y los miembros de su familia.

Seguro médico para tarjeta comunitaria

Aunque lo he mencionado en el apartado anterior, el seguro médico es imprescindible para obtener la tarjeta comunitaria siempre.

No sólo debes acreditar que tu familiar comunitario o español tiene medios económicos sino también debes acreditar que tú, como familiar, tienes cubierta la asistencia sanitaria.

Podrás acreditarlo de dos formas diferentes:

– A través de una tarjeta sanitaria pública

– Mediante seguro médico privado

El fin es acreditar que posees las mismas coberturas que proporciona la sanidad pública.

Abogada de Extranjería

Si deseas solicitar la tarjeta comunitaria y deseas que dicha solicitud la gestione una profesional experta en Extranjería, yo puedo hacerlo.

Soy abogada de extranjería y puedo ayudarte a conseguir dicha tarjeta al igual que lo he hecho con otros muchos clientes.

Para que pueda ayudarte con tu caso, debes agendar una cita a través de mi página web en el apartado «Contacto abogada», por teléfono al +34 627 647 382 o mediante el siguiente correo electrónico: gema@extrangt.com

¡Estoy deseando conocerte!

Sé que sois muchos los que os hacéis la siguiente pregunta: ¿Cómo traer a mi pareja a España?

Aquellos extranjeros que residen en España les encantaría tener la posibilidad de traer a su pareja al país para poder empezar a vivir esa vida que siempre han deseado.

Soy una abogada de Extranjería que le encanta unir a las personas, es algo que me llena y me hace estar muy orgullosa de mi trabajo. Por ello, desde este post de Extrangt te quiero contar las 3 vías que existen para que tú y tu pareja podáis residir juntos en España.

¿Cómo traer a mi pareja a España?

Antes de empezar a desarrollar este artículo, quiero detallarte lo que veremos en él. Te explicaré cuáles son los requisitos que deberás cumplir según tu caso particular, y cómo funciona el proceso legal ¿Estás listo? ¡Coge nota que comenzamos!

Es totalmente posible traer a tu pareja a España y de hecho tienes tres posibilidades para hacerlo  ¡A continuación te las cuento!

Reagrupación bajo el régimen general

En este primer caso, hablamos de todos aquellos ciudadanos extranjeros de terceros estados, residentes legales en España.

Por lo que la reagrupación familiar en régimen general la realizaría aquel ciudadano extranjero extracomunitario que tiene una residencia legal. Para ello, ha de llevar al menos un año en España y tener la tarjeta renovada.

En definitiva, el ciudadano extracomunitario con residencia legal en España debe acreditar tanto el vínculo con su pareja como que dispone de medios económicos, de una vivienda adecuada, entre otros requisitos. Esta autorización por reagrupación familiar se inicia en España en la Oficina de Extranjería de la ciudad donde tenga fijado su domicilio.

Una vez obtenida la autorización de residencia por reagrupación familiar, deberá enviar la resolución favorable a la pareja registrada al país de origen para que pueda pedir el correspondiente visado en el Consulado de España.

Una vez tramitado y concedido este visado, el familiar podrá realizar la entrada a España y una vez aquí, iniciar el proceso para la toma de huellas y obtener la tarjeta física, dado que el derecho a residir ya viene concedido en la resolución favorable. 

Reagrupación bajo el régimen comunitario

La reagrupación familiar en régimen comunitario la realizan aquellos ciudadanos españoles o comunitarios que quieren traer a España a sus parejas las cuales son ciudadanas de tercer estado. Hay una diferencia con la reagrupación en régimen general, y es que en régimen comunitario, es preciso solicitar en primer lugar el visado y posteriormente, tramitar la residencia una vez el familiar se encuentre en suelo español.

El ciudadano comunitario o español puede reagrupar a su pareja en los siguientes casos:

  • Cónyuge, siempre que no haya recaído el acuerdo o la declaración de nulidad del vínculo matrimonial o divorcio.
  • Pareja con la que mantenga una unión análoga a la conyugal e inscrita en un registro público establecido en un Estado miembro de la Unión, o en un Estado parte en el Espacio Económico Europeo y siempre que no se haya cancelado dicha inscripción.
  • Pareja estable no registrada, con la que mantenga una relación estable debidamente probada al acreditar la existencia de un vínculo duradero.

Como se ha mencionado anteriormente, en este caso es el familiar extracomunitario el que debe iniciar el proceso de reagrupación familiar en el país de origen.

Hay dos opciones posibles:

  1. La pareja debe gestionar el visado de reagrupación en el Consulado de España. Será en dicho momento cuando aporten toda la documentación sobre el vínculo y la residencia en España del ciudadano comunitario o español y será el propio consulado el que emita el correspondiente visado.
  2. Si la pareja no precisa de visado de corta duración para venir a España, podrá hacer la entrada directamente portando la documentación que acredita y demuestra este vínculo de parentesco con el ciudadano español o comunitario y la residencia del ciudadano español o comunitario en España.

Una vez que la pareja se encuentre en España es el momento en que se ha de comenzar a preparar el expediente para solicitar la Autorización de Residencia por familiar de ciudadano de la Unión Europea. 

Reagrupación bajo la Ley de Emprendedores

Para finalizar este post, os quiero hablar sobre la reagrupación bajo la Ley de Emprendedores. Se trata de aquellos ciudadanos extranjeros que tienen una residencia y/o trabajo dentro de la conocida ley, distinta a la Ley 4/2000, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España.

Aquí es posible reagrupar a:

  • Cónyuge
  • Persona con análoga relación de afectividad
  • Ascendientes
  • Descendientes

El procedimiento se inicia en la Unidad de Grandes Empresas y Colectivos Estratégicos y la hace el propio reagrupante. Este procedimiento se caracteriza por su enorme rapidez en resolver. Una vez emitida la resolución favorable, el familiar puede gestionar su visado en el Consulado de España.

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