¿Qué es el Arraigo Familiar?
El arraigo familiar es una de las autorizaciones de residencia por circunstancias excepcionales. También existen otros tipos de arraigo como son arraigo social y arraigo laboral, de los cuales podéis encontrar toda la información en este blog.
En este post de Extrangt, quiero resolver las dudas que te puedan surgir acerca de esta residencia, tales como: qué significa, qué requisitos debe cumplir la persona que lo solicite, entre otras cuestiones relevantes que pueden ser muy útiles en caso de que tengas en mente solicitar dicho permiso.
¡Comenzamos!
Todo sobre el Arraigo Familiar
El arraigo familiar es una autorización de residencia temporal por circunstancias excepcionales que se otorga a personas extranjeras que se encuentren en España en situación irregular y reúnan uno de estos requisitos: bien sean padre o madre de un menor de nacionalidad española, o bien sean hijos de padre o madre que hubieran sido originariamente españoles.
Dicho permiso tiene una validez de un año y permite trabajar, con posibilidad de renovación.
¿Quién puede solicitar el Arraigo Familiar?
El arraigo familiar pueden solicitarlo dos grupos de extranjeros.
Por un lado, padres o madres de un niño nacido en España.
Por otro lado, hijos de ciudadanos españoles.
Aunque éstos son los puntos más importantes a tener en cuenta a la hora de solicitar el arraigo familiar, existen otros requisitos que son fundamentales y que si no se cumplen, no será posible obtener dicho permiso. ¡Te los cuento a continuación!
- No ser ciudadano de un país de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo ni de Suiza, ni familiar de ciudadanos de estos países a los que se pueda aplicar el régimen de ciudadanía de la Unión Europea.
- No tener antecedentes penales ni en España ni en otros países de residencia, por actos considerados delitos según el ordenamiento español.
- No tener prohibida la entrada en España y no figurar como rechazable en el espacio territorial de países con los que España tenga firmado un convenio en tal sentido.
- No encontrarse dentro del plazo del compromiso de no retorno a España que el extranjero haya asumido al retornar voluntariamente a su país de origen.
¿Cómo se solicita el Arraigo Familiar?
Gracias a los avances tecnológicos, como abogada de Extranjería, tengo habilitada una plataforma por la que puedo presentar los expedientes sin necesidad de cita en las Oficinas de Extranjería, por lo que es posible presentar tu expediente independientemente de la localidad donde te encuentres.
En un plazo de tres meses a partir de la solicitud, la Oficina de Extranjería debe expedir el documento correspondiente.
En definitiva, si estás interesado en el arraigo familiar, te recomiendo que busques asesoría legal. De esta forma te aseguras que todo el proceso va a ir bien en cuanto a documentación, plazos y otros aspectos relevantes.
¿Buscas una abogada de Extranjería? Yo puedo ayudarte. Ahorra tiempo y evita imprevistos desagradables con los trámites. Te acompañaré durante todo el proceso, el cual te aseguro que será rápido y sobre todo, efectivo. Estaré encantada de que seas mi nuevo caso de éxito.
Puedes contactar conmigo para agendar una cita a través de mi página web en el apartado «Contacto abogada», por teléfono al +34 627 647 382 o mediante el siguiente correo electrónico: gema@extrangt.com
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