Pareja de hecho y matrimonio: qué es, diferencias y similitudes

pareja de hecho y matrimonio

Pareja de hecho y matrimonio, dos Instituciones jurídicas muy parecidas, pero no iguales. Muchos de mis clientes se preguntan cuál es la mejor opción, pero todo depende de cada situación. Por ello, en este Post voy a explicarte detenidamente qué significan ambos conceptos y cuáles son sus diferencias y similitudes. ¡Comenzamos!

¿Qué significan estos dos conceptos?

En primer lugar, vamos a definir ambos conceptos (pareja de hecho y matrimonio) para arrojar luz sobre el tema en cuestión y abordar este con las ideas bien definidas y desarrolladas.

Por un lado, el matrimonio es la unión entre dos personas de igual o distinto sexo, celebrada en la forma prevista en la ley. Este puede ser de dos formas: matrimonio civil o matrimonio religioso. El matrimonio cambia el estado civil de una persona y se inscribe en un Registro Civil. Para disolverlo, es necesario el Divorcio.

Por otro lado, la pareja de hecho se basa en la convivencia pública y estable entre dos personas de distinto o igual sexo, con intereses generales en crear y desarrollar una vida familiar, pero sin haber contraído matrimonio. La pareja de hecho se inscribe en un Registro Administrativo, no altera el estado civil de una persona y para disolverlo basta con acudir a dicho Registro y solicitar la baja.

Pareja de hecho y matrimonio: diferencias y similitudes

No obstante, ambas figuras no son iguales y aunque tengan algunas similitudes, también presentan diferencias tanto en el ámbito de la Extranjería como en otros aspectos jurídicos. A continuación te las explicamos.

Extranjería

Tanto el matrimonio como la pareja de hecho, son dos vías para acreditar la existencia y consolidación entre un ciudadano de la Unión Europea y un ciudadano extranjero que le permiten a este último solicitar una tarjeta comunitaria.

La tarjeta comunitaria es un permiso de residencia que pueden pedir aquellos familiares de una persona con nacionalidad española o de otro estado miembro de la Unión Europea siempre y cuando los mencionados familiares no tengan la nacionalidad de ninguno de los Estados que acabamos de mencionar, y que su principal razón sea desear reunirse con la persona comunitaria y vayan a residir en España de forma conjunta durante un periodo de al menos tres meses. Por lo tanto, los medios ofrecen el acceso a obtener un permiso de residencia y por consiguiente, trabajo en España.

Bien es cierto que, si la tarjeta comunitaria se consigue mediante el matrimonio, la persona extranjera puede solicitar la nacionalidad española tras un año residiendo de forma legal en España. En cambio, si se obtiene a través de la pareja de hecho, la persona extranjera debe esperar el tiempo que se establece en el reglamento general sin posibilidad de una reducción para poder optar por la nacionalidad española. Para personas de países latinoamericanos, Portugal, Guinea Ecuatorial y Filipinas son dos años, para el resto de países, son ni más ni menos que 10.

Régimen Económico

El régimen económico es una de las principales diferencias entre matrimonio y pareja de hecho puesto que a esta última no se le aplica por defecto el régimen de gananciales, ni de separación de bienes. En cambio en el matrimonio, la pareja puede determinarlo en un convenio como desean llevar a cabo sus relaciones económicas.

Impuesto sobre la Renta

A menudo, muchas parejas de hecho se plantean si pueden o no presentar la declaración del impuesto de forma conjunta y la respuesta es no, ya que no constituyen unidad familiar. En cambio, el matrimonio judicialmente si forman la unidad familiar y por lo tanto, pueden presentar declaración conjunta.

Relación Paterno Filiales

Las consecuencias de la ruptura de una pareja con hijos o hijas comunes son las mismas en el matrimonio y en las parejas de hecho. El motivo es que nuestra legislación reconoce la igualdad de derechos de los hijos e hijas nacidos dentro y fuera del matrimonio.

Pensión Compensatoria

Si tras una separación o divorcio, existe un desequilibrio económico importante, en el caso de haber contraído matrimonio bajo el régimen de gananciales, existirá una pensión compensatoria. En cambio, si una pareja se ha registrado como pareja de hecho, por norma general, no obtendrá esta pensión.

Pensión de Viudedad

Si dos cónyuges han contraído matrimonio, la pensión de viudedad existe desde el momento en el cual fallece uno de los dos miembros. En cambio, en la pareja de hecho es necesario demostrar que ambos cónyuges llevan dos años inscritos en el registro civil y que al menos han convivido cinco años juntos.

 

En definitiva, cada pareja es un mundo y cada una de ellas puede estar más interesada en una opción u otra. No obstante, si necesitas una abogada de extranjería, no dudes en contactar conmigo. Estaré encantada de ayudaros tanto a ti como a tu pareja.

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